Comunicado
La Cámara Nacional de Industrias (CNI) junto a las Cámaras Departamentales de Industrias manifiestan públicamente su profunda preocupación por los Proyectos Ley N°148-20 y 149-20 (PL 148 y PL149) referentes a Derechos Adquiridos y la estabilidad laboral para todas y todos los trabajadores del sector público y privado del país, respectivamente.
Ambos proyectos intentan restringir el derecho de negociación entre los trabajadores y empleadores y de prohibir la desvinculación por causales debidamente justificadas, vulnerando la normativa internacional y nacional laboral vigente.
Además, que las citadas normas buscarían proteger lo que ya se encuentra debidamente reconocido por la Constitución Política del Estado (CPE), no corresponde la emisión de una nueva Ley o cualquier otra normativa, cuando la norma máxima ya reconoce y protege la estabilidad laboral y la irrenunciabilidad de derechos laborales.
Así mismo, vulneran la seguridad jurídica de las empresas legalmente constituidas y que otorgan empleos formales; es decir, pone en riesgo fuentes de empelo digno, incentivando informalidad, atentando contra las empresas industriales, más aún cuando nos encontramos en una economía gravemente afectada por los sucesos políticos del 2019 y la pandemia del Covid 19 (2020 a la fecha).
En un contexto de crisis económica que refleja el fuerte descenso de las actividades económicas, plantear «estabilidad laboral» implicaría profundizar la crisis económica, paralización de las inversiones nacional y extranjera, cierre de las oportunidades para nuevos empleos y caída de las recaudaciones para el Estado.
Las fuentes de trabajo se deben ajustar en función de la productividad laboral, del crecimiento económico y de las condiciones institucionales para la actividad económica – empresarial.
El país vive una profunda crisis económica y baja productividad laboral; el país experimenta una nueva normalidad y en este contexto se requiere una nueva norma laboral (LGT) que adecue el empleo a las nuevas formas de trabajo (virtual, física, presencial, semipresencial por producto, por tiempo estacionales).
El planteamiento está en contrasentido a la realidad nacional que es de crisis. El sector industrial en 2020 experimentó la mayor crisis económica de los últimos 70 años con una contracción de su producto interno bruto de -11,4% (a noviembre de 2020), una caída de sus ventas de -12%, reducción de utilidades de -84%, descenso de las exportaciones industriales de -16% y caída de la importación de bienes de capital (maquinaria y equipo industrial) un 32%.
En los últimos 16 años el salario mínimo nacional nominal se quintuplicó (de Bs. 440 en 2005 a Bs. 2.122 en 2020) y el salario mínimo nacional real se duplicó, lo cual aumentó la capacidad de compra del salario real del trabajador, pero no aumentó su productividad laboral.
Así mismo, es importante mencionar que la CPE obliga al Estado a establecer políticas con la finalidad de mantener condiciones que garanticen a los trabajadores ocupación laboral digna y remuneración justa, por lo que no es posible que se intente emitir normas en contra de los empleadores formales quienes son los que pueden proporcionar esa fuente laboral digna, más aún el Estado debe proteger y defender al aparato industrial que genera el desarrollo del país.
En esa línea, es relevante señalar que la pandemia del Covid 19 destruyó 400.000 fuentes de trabajo y específicamente en el sector industrial 70.000 de los 650.000 empleos que genera, por lo que, para poder garantizar la estabilidad laboral y fuentes de trabajo dignos, el Estado debe emitir y aplicar medidas económicas y laborales adecuadas a la realidad que hoy vivimos para promover el sector industrial, preservar el empleo y reactivar la economía.